Ir directamente al contenido
Español - España
  • No hay sugerencias porque el campo de búsqueda está vacío.

Certificado de estar al corriente con la Agencia Tributaria

¿Qué es?

Es un certificado oficial emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) que acredita que una empresa o autónomo se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Su validez suele ser de 6 meses desde la fecha de expedición, salvo que la propia convocatoria de ayudas exija una fecha concreta.

¿Para qué sirve?

Sirve para demostrar frente a administraciones públicas, entidades financieras o terceros que la empresa:

  • No tiene deudas pendientes con Hacienda.
  • Ha cumplido correctamente con la presentación de sus declaraciones y liquidaciones de impuestos.

¿Por qué es importante?

  • Afirma la solvencia y cumplimiento fiscal de la empresa.
  • En los trámites de financiación pública es un documento imprescindible para poder ser beneficiario de una ayuda o préstamo.

¿Dónde y cómo se obtiene?

Se solicita en la Sede Electrónica de la AEAT, en el apartado “Certificados tributarios”. El trámite es totalmente telemático y se obtiene el documento en formato PDF firmado electrónicamente en el mismo momento de la solicitud.

¿Cómo acceder a ella?

Acceso online:

  1. Accede a la Sede Electrónica de la AEAT: https://sede.agenciatributaria.gob.es/
  2. Accede al apartado “Certificados”: En la página principal, selecciona la opción correspondiente dentro del menú “Todas las gestiones”.
  3. Selecciona la opción “Situación tributaria” → “Estar al corriente de las obligaciones tributarias”.
  4. Elige “Solicitud” dentro del apartado de “Gestiones”.
  5. Identifícate: Inicia sesión con certificado digital, DNIe, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.
  6. Solicita el certificado y descárgalo en PDF firmado electrónicamente, disponible al instante.

Acceso para representantes o gestores:

Un asesor fiscal o gestor autorizado puede solicitar el certificado en nombre de la empresa a través de la misma Sede Electrónica, siempre que esté inscrito como representante en la AEAT.

¿Qué hacer si el certificado es negativo?

Si el certificado refleja que la empresa no está al corriente, normalmente será por:

  • Existencia de deudas tributarias pendientes de pago.
  • Declaraciones o autoliquidaciones no presentadas.
  • Incumplimiento en acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento concedidos.

En ese caso, el interesado puede ponerse en contacto con la Agencia Tributaria a través de su Sede Electrónica, el servicio de atención telefónica, o solicitando cita previa presencial, o  bien consultar a su gestoría, para revisar el detalle de la incidencia y recibir instrucciones sobre cómo resolverla. 

La solución puede ser:

  • Regularizar la situación, presentando las declaraciones omitidas o pagando las deudas pendientes.
  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Si Hacienda lo concede y se cumplen los pagos, el certificado puede pasar a ser positivo.
  • Revisar posibles errores en los datos tributarios y, si procede, presentar alegaciones o recursos.

Solo tras resolver la causa que motiva el resultado negativo será posible obtener un certificado positivo válido para solicitar ayudas o financiación.

Ejemplo del documento