Documentación de contratación de personas retornadas del extranjero
¿Qué es?
Es el conjunto de documentos que deben presentarse cuando una empresa contrata a una persona trabajadora que ha retornado del extranjero a la Comunidad de Madrid. Esta documentación acredita tanto el tiempo trabajado en el país de origen como la fecha de retorno y la vecindad administrativa previa en la Comunidad de Madrid. Incluye, según el país del que se retorna, el formulario U1 o E-301, el documento AUS/E1 o equivalente, documentación que acredite períodos de trabajo en terceros países y el certificado de empadronamiento previo a la salida al exterior.
¿Para qué sirve?
- Acreditar los períodos de actividad laboral realizados en el extranjero.
- Demostrar la fecha de retorno a España para verificar que la persona cumple los requisitos de programas o ayudas vinculadas a trabajadores retornados.
- Justificar que la persona tenía vecindad administrativa en la Comunidad de Madrid antes de emigrar.
- Permitir a la administración validar que la contratación cumple los requisitos para acceder a determinadas ayudas o bonificaciones.
¿Por qué es importante?
- Sin esta documentación no es posible acreditar los periodos laborales previos ni validar el estatus de persona retornada.
- Es necesaria para que la empresa pueda acceder a ayudas o incentivos asociados a la contratación de personas retornadas.
- garantiza que la persona realmente procede del extranjero y que existía vínculo administrativo con la Comunidad de Madrid antes del retorno.
- Evita incidencias o denegaciones en procedimientos de subvenciones o programas públicos.
¿Dónde y cómo se obtiene?
- Formulario U1 o E-301 (UE/EEE/Suiza): Se solicita a la institución competente del país europeo donde la persona trabajó (normalmente el servicio público de empleo o seguridad social local).
- Documento AUS/E1 o equivalente (Australia): Lo expide la institución australiana competente correspondiente a la actividad laboral realizada.
- Documentos acreditativos de tiempo trabajado y fecha de retorno (resto de países): Se pueden obtener en las autoridades laborales, de inmigración o mediante cualquier documento oficial que justifique empleo y retorno (contratos, certificados de empresa, documentos de residencia, billetes de regreso, etc.).
- Certificado de empadronamiento previo a la salida: Se obtiene en el Ayuntamiento donde la persona estuvo empadronada antes de emigrar.
¿Cómo acceder a ella?
- Solicita el U1/E-301, AUS/E1 o documentación acreditativa en el organismo correspondiente del país de origen antes o después del retorno.
- Una vez en España, puedes solicitar el certificado de empadronamiento en tu Ayuntamiento (presencialmente o a través de la sede electrónica si está disponible).
- Reúne todos los documentos y aporta los mismos en la plataforma de Kleo para completar la solicitud de ayuda correspondiente a la contratación de personas retornadas.